Después de la destitución de Dilma, el repudio popular, la corrupción de Temer, todo era un circo para llegar a este final:
Claves de la reforma laboral en Brasil La ley transforma profundamente las reglas de contratación y empleo para, según promete el gobierno, dotar de competitividad al mercado brasileño, generar nuevo empleos e incorporar al país al siglo XXI. Puntos principales de la reforma Sube la edad mínima de jubilación Aumenta la edad mínima de jubilación a los 65 años e iguala la edad entre hombres y mujeres, y entre trabajadores del campo y la ciudad. En Brasil, la ley permite que las mujeres puedan jubilarse con 30 años de cotización, y los hombres con 35 años de servicio público. Congelamiento de los concursos de servidores públicos Congela por 20 años el presupuesto para la Salud y la Educación. Si es aprobada la Propuesta de Enmienda Constitucional (PEC) no podrán crearse nuevos puestos de trabajo. El límite de gasto en las áreas de salud y educación entrará en vigor en 2018. El congelamiento del salario mínimo es el primer paso para asegurar la reforma de la Sanidad, la próxima meta de la gestión de Michel Temer (PMDB) en el Congreso Nacional. Los derechos de los trabajadores podrán ser negociados El Proyecto de Ley 4193 autoriza que los derechos previstos en la Legislación Laboral Brasileña (CLT por sus siglas en portugués) puedan ser negociados entre los trabajadores y los contratantes. Sin embargo, en la práctica, los beneficios como el 13° salario, las vacaciones, el adicional nocturno, licencia de paternidad y el salario mínimo pueden ser relativizados. Se autoriza la tercerización (subcontratación) El Proyecto de Ley de la Cámara (PLC 30/2015) autoriza a las empresas a contratar servicios de terceros hasta para la actividad final que prestan las propias compañías. Esto trae como consecuencia la disminución de costos de contratación pero universaliza los tipos de contratos que se relacionan con las actividades medias, como limpieza y seguridad. Una universidad podría contratar bajo ese régimen a profesores para que presten servicios de transporte o limpieza. Aumentan las horas de jornada laboral Legaliza la contratación temporaria incluso por pocas horas y permite ampliar la jornada de trabajo de 8 horas a 12 horas diarias. Se mantendrá la jornada promedio de 44 horas semanales de trabajo pero estas horas podrán ser utilizadas en virtud de la necesidad específica de la labor, con un tope de 12 por día. - Crea nuevos tipos de contratos de trabajo, entre ellos el trabajo intermitente - Prevé banco de horas para compensación de horas extra, sin necesidad de acuerdo colectivo - Acaba con el pago de las horas de desplazamiento - Permiten a las mujeres embarazadas y en período de lactancia realizar trabajos insalubres - Revoca los 15 minutos de descanso antes de las horas extra para las mujeres - Flexibiliza las condiciones de despido. El monto de las indemnizaciones no estará atado por el salario del trabajador y el preaviso baja de 30 a 15 días. - Se autoriza la "jornada intermitente", con el pago de salarios sobre una base horaria o por jornada, y no mensual. Podrá haber contratos parciales de hasta 30 horas semanales o 26 horas y 6 horas extras. - Retira la obligación de negociar con sindicatos despidos colectivos - Restringe las hipótesis y fija límites de valores para indemnizaciones por daños morales proferidas por la Justicia del Trabajo - Autoriza arbitrajes laborales para salarios por encima de R$ 11.100 - Excluye la obligatoriedad de homologaciones de despidos por sindicatos - Dificulta y encarece el acceso a la Justicia del Trabajo - Amplía la posibilidad de acuerdos individuales, entre ellos la posibilidad de jornada de 12 horas por 36 horas de descanso y reducción de intervalo intrajornada - Crea una comisión de representantes de los empleados para negociar directamente con la empresa Fuentes:http://www.infobae.com/america/america-latina/2017/07/25/las-10-claves-de-la-reforma-laboral-aprobada-en-brasil/ https://www.telesurtv.net/news/En-claves-reforma-laboral-en-Brasil-20170629-0022.html
Porque á cualquiera que tiene, se le dará, y tendrá más; pero al que no tiene, aun lo que tiene le será quitado.
|
Habría que leerla completa y analizarla con cuidado (no con un folleto) pero, así, a vuelo de pájaro parece que flexibiliza bastante las condiciones rígidas -y pasadas de modo todo hay que decirlo- de la Ley que regía hasta ahora.
Hay muchos puntos que no sorprenderán a nadie en el mundo desarrollado (jubilación de hombres y mujeres a los 65 años). La existencia de trabajos especiales (mini o interrumpidos) son una realidad de la economía moderna -aunque, aquí es donde luego las empresas cuelan algunas injusticias-. Que si un trabajador quiere (hay que leer la ley, no quedarse en el pasquín) pueda trabajar 4 días de 11 horas y tener 3 días libres completos (para otro trabajo o para estudiar o para lo que quiera) es algo que no lo veo mal. El tema vacaciones hay que verlo en conjunto. En pocos lugares del mundo hay "30 días de vacaciones". En vez de sacarlos permiten negociar que se tomen en tandas (2 de 15 o una de 20 y 2 de 10, etc.)... eso también le interesa a muchos trabajadores que, 30 días seguidos, los matan de aburrimiento y no pueden el resto del año tomarse descansos más cortos que es lo que se estila hoy día. El pago de horas extraordinarias NO DESAPARECE (eso es falso) sino que, al poder articular los horarios de trabajo hasta 12 horas diarias, esto permite administrar mejor los tiempos laborales. Yo la veo bastante razonable y, las dos cosas FUNDAMENTALES que las leyes laborales modernas tienen que incorporar, no las veo: 1) El sistema de despido anticipado (mochila austríaca) 2) El esquema de libre contratación en las empresas de menos de 4 u 8 empleados (no es posible que un kiosco de caramelos se rija por la misma legislación que Fiat y Renault). Pero, los sindicatos son muy fuertes en Brasil y sin duda han dejado un montón de rémoras del S XX en la legislación. Aún así flexibilizarla un poco los pone al día y les hace ganar competitividad. |
Free forum by Nabble | Edit this page |